Evaluación periódica de desempeño docente obligatoria
|
|
|
|
|
Estimados docentes, hasta el 5 de octubre de 2015 a las 16 horas se recibirán los informes de Evaluación Periódica de Desempeño Docente de los profesores de planta ordinaria e interina del Departamento de Ciencias y Sociales.
|
|
|
• Computo de licencias
Los docentes que hayan hecho uso de una licencia mayor a cinco meses dentro del período a evaluar, podrán solicitar se descuenten proporcionalmente dichos meses del período objeto de la evaluación y por ende no consignarán la producción durante el mismo.
En su defecto el cálculo del puntaje a obtener se hará sobre el período completo.
Quiénes opten por no consignar la producción durante el período de licencia deberán elevar a la Dirección de
Evaluación y Concursos, antes del 5 de octubre la solicitud de descuento de los meses correspondientes a dicho período.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución (C.S.) Nº 243/15, el período a evaluar es el comprendido entre el 1 de abril de 2012 y el 31 de marzo de 2015.
• Nacimiento y/o adopción de hijos
Asimismo, se recuerda que de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º de la Resolución (C.S.) Nº 324/05 "La evaluación de desempeño de las docentes no se aplicará al año inmediatamente posterior al nacimiento y/o adopción de sus hijos, salvo manifestación expresa en contrario por parte de las interesadas. El reconocimiento de este derecho no comporta modificación alguna en el régimen de licencia por maternidad".
En este sentido todas las docentes cuyos hijos hayan nacido o hayan sido adoptados entre el 01/04/11 y el 31/03/2014 y deseen hacer uso de las prerrogativas del artículo 20º deberán comunicarlo mediante nota a la Dirección de Evaluación de Concursos antes del 5 de octubre.
|
|
|
|
|
|
|
|
|